Medellín
Fecha de consulta: 2026-10-20
Norma de cobro
Estatuto Tributario del Distrito de Medellín, Acuerdo 093 de 2023. El régimen procedimental en materia tributaria es el Decreto 0350 de 2018, modificado por el Decreto 1249 de 2021 (verificado en la página de normatividad tributaria de la Alcaldía y en los estados financieros del Distrito). El predial se paga por trimestres según el calendario anual.
Norma de prescripción
La acción de cobro prescribe en 5 años según los artículos 817 y 818 del Estatuto Tributario nacional, aplicables al predial por el artículo 59 de la Ley 788 de 2002. Los estados financieros del Distrito (notas 2024) registran que la pérdida de competencia para liquidar y cobrar se decreta de oficio o a solicitud del contribuyente ante la administración.
Oficina competente
Secretaría de Hacienda de Medellín, Subsecretaría de Ingresos.
Canal de radicación
Solicitud escrita ante la Secretaría de Hacienda: en línea por el Portal Tributario de la Alcaldía de Medellín (medellin.gov.co) o presencial en la Oficina de Servicios Tributarios del Centro Administrativo Municipal (La Alpujarra), como lo prevé la práctica tributaria distrital documentada en la Resolución 2020032448632 de 2020.
Plazo de respuesta
Término general del derecho de petición: 15 días hábiles (art. 14 del CPACA, sustituido por la Ley 1755 de 2015); no consta en fuente oficial un término especial para la declaratoria de prescripción.
Requisitos
- Solicitud escrita que identifique el predio (número predial o matrícula inmobiliaria) y las vigencias cuya prescripción se pide
- Documento de identidad del solicitante y poder o certificado de representación si actúa por otro
- Conservar la constancia de radicación
Confírmalo al radicar
- Reintentado el 2026-10-20: la 'Circular 218 de 2020' que terceros citan como fuente del procedimiento de prescripción no aparece en ninguna fuente oficial de la Alcaldía (la normatividad de la Secretaría de Hacienda numera sus circulares con otro formato, por ejemplo Circular 202060000006 de 2020). Fuente no verificada: no se usa como fundamento y el punto debe revisarse con abogado.
- No se encontró en fuente oficial un término de respuesta específico para la solicitud de prescripción; por eso se indica el término general del derecho de petición.
Fuentes
- Alcaldía de Medellín: normatividad tributaria de la Secretaría de Hacienda (incluye Decreto 0350 de 2018) · Fecha de consulta: 2026-10-19
- Distrito de Medellín: Estados Financieros 2024 (Estatuto Tributario Acuerdo 093 de 2023 y Decreto 0350 de 2018 modificado por Decreto 1249 de 2021) · Fecha de consulta: 2026-10-19
- Estatuto Tributario nacional, arts. 817 y 818 (Normograma DIAN) · Fecha de consulta: 2026-10-19
- Ley 1755 de 2015 (término general del derecho de petición) · Fecha de consulta: 2026-10-19